La Junta de Andalucía intenta dar marcha atrás al visto bueno a cuatro campos de golf.
Los promotores de cuatro proyectos de campos de golf que perseguían la declaración de interés turístico, para poder desarrollar áreas residenciales a pie de ‘green’, han logrado dicha calificación por silencio administrativo. La razón está en la demora de la Junta en tramitar los expedientes.
Los promotores se lo están pensando, están bastante desconcertados.
Con estas palabras Ignacio García, redactor del plan «Finca Corvite» en Almogía (Málaga), alerta de que ahora los promotores «se lo están pensando», ya que se encuentran «bastante desconcertados» por la actuación de la Junta.
Incoherencia.
A nivel político, las declaraciones son mucho más duras. El alcalde de Almogía, Joaquín Villanova, critica la «incoherencia» de la presidente de la Junta, Susana Díaz, ya que, mientras anuncia medidas para agilizar el urbanismo mantiene paralizado el proyecto del campo de golf del municipio año tras año. «Son un motor para el turismo, pero la Junta los tiene en una situación de parálisis inaceptable», denuncia. En la misma línea, el teniente de alcalde de Casarabonela, Francisco Gómez Armada, reclama a la Consejería de Turismo que si no quiere campos de golf «lo admita claramente y deje de marear a ayuntamientos e inversores».
Los complejos lograron el reconocimiento por silencio administrativo.
El viceconsejero de Turismo, Antonio Jesús Roldán, confirmó a SUR que los campos de La Resinera Village, en Benahavís; El Comendador Golf, en Alhaurín de la Torre; Golf Resort Las Lomas, en Casarabonela y Finca Corvite, en Almogía, fueron declarados de interés turístico por silencio administrativo. La Junta ya se ha puesto manos a la obra para deshacer el entuerto y efectuará una revisión de oficio para anular la declaración.
El camino que inicia a partir de ahora la Administración andaluza no es sencillo ni rápido. Según las fuentes consultadas, el procedimiento incluye un periodo de alegaciones y peticiones de informes a los servicios jurídicos y al Consejo Consultivo, que deberá mostrarse favorable a la tesis de la revisión para que el asunto llegue al Consejo de Gobierno. Además, al tratarse de un procedimiento garantista, los promotores pueden apelar a los tribunales. El viceconsejero de Turismo advirtió de que aunque los interesados obtengan un auto favorable los proyectos tendrían a posteriori un encaje imposible en los planes generales de los respectivos municipios, al contar con informes desfavorables de la Comisión Técnica de Calificación. «Cambiar un plan general de urbanismo supone pedir informes de nuevo y ya los tienen negativos, por lo que entraríamos en un callejón sin salida», matizó.
La comisión encargada de valorar los expedientes, integrada por varias consejerías, emitió informe desfavorable el pasado 10 de junio para los proyectos de La Resinera Village de Benahavís y El Comendador Golf de Alhaurín. La misma suerte corrieron los planes de Finca Corvite, en Almogía, y Las Lomas de Casarabonela el 18 de diciembre de 2012 y el 23 de marzo de ese mismo año, respectivamente. Incidencias de carácter territorial y medioambiental llevaron a la Junta a dar portazo a los cuatro complejos, aunque algunos de los promotores consultados por SUR desconocían el dictamen de la Comisión Técnica de Calificación porque, según fuentes de la Administración regional, el expediente ya gozaba de silencio positivo. No obstante, estas mismas voces subrayaron que el expediente o el certificado de silencio positivo, denominado de actos presuntos, se le entregará al promotor que lo solicite.
Un duro camino legal hasta llegar al «green».
El procedimiento para obtener un permiso para poner en marcha un campo de golf es especialmente complejo. Su implantación debe estar expresamente prevista en el Plan General de Ordenación Urbana y en el Plan de Ordenación del Territorio, además de obtener la Declaración de Interés Turístico.
El primer paso es que esté incluido en el PGOU, y de lo contrario deberá procederse a la revisión. El terreno debe integrarse en el Sistema General de Espacios Libres. En segundo lugar, para su efectiva implantación, los proyectos deberán estar expresamente previstos en un Plan de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional.
Por último, la declaración de interés turístico de un campo de golf se regula por el decreto 43/2008, de 12 de Febrero y la Orden de 13 de Marzo de 2012. «Debe tener especial relevancia por su incidencia potencial en la cualificación de la oferta turística, y respeto al principio del desarrollo sostenible (razones orográficas y geológicas, suficiencia de recursos hídricos y condiciones urbanísticas).
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